Comisión de Ética verá este lunes informe de calificación contra congresista Kelly Portalatino
La Comisión de Ética del Congreso verá este lunes el informe de calificación que recomienda investigar a la congresista Kelly Portalatino por presuntamente encargar que un trabajador de su despacho busque afiliados para el Partido Perú Libre.
La sesión de este grupo de trabajo, presidio por el congresista Alex Paredes, se realizará a las 16:00 horas en la sala Grau del Palacio Legislativo, de acuerdo a agenda de este grupo de trabajo
En la sesión pasada el equipo técnico presentó el informe de calificación que recomendaba iniciar una investigación a la parlamentaria por los hechos denunciados en un medio de comunicación.
Señala que un trabajador de su despacho descentralizado habría realizado “labores ajenas a la función parlamentaria que beneficiarían a la congresista, lo que deben esclarecerse en una investigación”.
Precisa también que uno de los trabajadores de la parlamentaria habría señalado en reserva que se estarían usando recursos públicos en favor del partido de la parlamentaria, lo que también debe ser esclarecido en investigación.
Andina//MLG
PJ: “Ser mayor de 65 años no te exime de penas o del pago de la reparación civil”
La legislación penal peruana no exime de ninguna responsabilidad criminalidad a los adultos mayores de 65 años que ha cometido delito, así lo indicó el juez superior Omar Ahomed Chávez, quien explicó que al ser detenidos deberán responder ante los tribunales y recibir la pena respectiva.
El magistrado del Poder Judicial precisó que, a pesar de la codena, la legislación sí contempla una reducción de la pena en circunstancias especiales como problemas de salud, siempre y cuando sea confirmado por médicos especialistas.
“Sea por cualquier imputación leve o grave; el tema de la disminución se aplica por una cuestión biológica, física o natural del ser humano, pero esto no significa que se les exima de su responsabilidad”, aclaró.
Ahomed hizo esta precisión al señalar que hay organizaciones criminales que captan a personas adultas mayores y que están en fase terminal para que transporten droga. “Les hacen creer que por su edad o enfermedad terminal no van a recibir sanción penal, sin embargo, la legislación penal es clara”, aseveró
REPARACIÓN CIVIL
En relación al pago de la reparación civil que se le impone a los sentenciados, el magistrado explicó que debe ser pagada sin importar la edad. “El objetivo de la reparación civil es que se resarza, que se llegue a recuperar el daño causado a la víctima”, aseveró.
/CRG/
Veteranos de guerra y la pacificación recibieron “Medalla al Defensor de la Democracia"
En el Día del Veterano de Guerra y de la Pacificación Nacional, el gobierno rindió homenaje a los miembros de las Fuerzas Armadas (FF. AA.) y de la Policía Nacional (PNP) en situación de retiro o licenciados que participaron en los conflictos armados en defensa de la soberanía y en el proceso de pacificación nacional.
La ceremonia tuvo la participación del presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén Olaya, del ministro de Defensa, Walter Astudillo Chávez, y del Interior, Juan José Santiváñez Antúnez.
Para el presente año el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas acreditó a un total de 4093 veteranos, de los cuales 564 son de guerra y 3529 son de la pacificación nacional. De los 4093 veteranos recientemente acreditados, 3423 son del Ejército, 356 son de la Marina, 183 de la Fuerza Aérea y 131 de la Policía Nacional.
La fecha cívica fue instituida por Ley N.º 30826 del 20 de julio de 2018 “Ley del Veterano de Guerra y de la Pacificación Nacional”, que señala su conmemoración el 26 de octubre de cada año, con el objeto de otorgar un reconocimiento meritorio.
Son considerados como veteranos de guerra los miembros de las Fuerzas Armadas que participaron en la Campaña Militar de 1941 y los conflictos armados del Alto Cenepa de 1978, de la Cordillera del Cóndor de 1981 y del Alto Cenepa de 1995, mientras que veteranos de la pacificación los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía que lucharon contra el terrorismo y en la defensa de la democracia.
Durante su discurso, el presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, destacó el servicio a la patria que brindaron los veteranos homenajeados y su contribución en la defensa de la soberanía, la paz y desarrollo del país.
“Sus hazañas permitieron la defensa y la integridad de nuestro territorio, nos han mostrado el verdadero significado de la lealtad, honor, coraje y el valor. Nos enseñan el verdadero heroísmo, aquel que nos permite salir adelante para construir un Perú mejor”, manifestó.
/MPG/NDP/
PCM intensificó acompañamiento a regiones para implementar estandarización de trámites
La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través de la Secretaría de Gestión Pública, intensificó desde agosto último el acompañamiento a los gobiernos regionales con la finalidad de que para diciembre de este año terminen de implementar 194 trámites estandarizados.
La homogeneización de requisitos, costos y plazos de atención de los trámites genera confianza en la gestión estatal y contribuye a la óptima planificación de procesos y gestiones en un marco de seguridad jurídica, beneficiando a personas y empresas.
A la fecha, los gobiernos regionales que presentan mayor avance en esta implementación son los de Cusco, Ica, Lima, Cajamarca, San Martín, Moquegua, Ucayali, Pasco, Piura, Tumbes, Tacna, La Libertad, Huánuco y Ayacucho.
La Secretaría de Gestión Pública pondrá énfasis en el acompañamiento a los gobiernos regionales que aún están por implementar estas mejoras, como los Huancavelica, Áncash, Lambayeque y Loreto, indica la PCM.
En el 2021, la PCM inició el proceso de estandarización de trámites tras detectar que en, en muchos casos, se exigía requisitos innecesarios y contrarios a la normatividad, lo que producían demoras en la atención y configuraba una mala práctica de atención al ciudadano.
Los trámites son estandarizados a través de decretos supremos y su aplicación es obligatoria para los gobiernos regionales y municipales.
/MPG/ANDINA/
Perú conmemora los 26 años de la firma de los Acuerdos de Paz de Brasilia
Un día como hoy, hace 26 años, peruanos y ecuatorianos nos reencontramos en nuestra histórica amistad con la firma de los Acuerdos de Paz de Brasilia.
“Nuestras relaciones de amistad, cooperación, confianza y voluntad de integración nos permiten enfrentar los retos del presente, y nos proyectan juntos hacia un futuro de desarrollo y bienestar para nuestros pueblos”, expresó en un comunicado.
Resaltó que Perú y Ecuador trabajan unidos en la integración física y energética, en la promoción del intercambio comercial y de inversiones, en el cuidado de nuestro medio ambiente, en el fortalecimiento de nuestras democracias, “con la convicción de que la paz y la cooperación son los cimientos de nuestra renovada hermandad”.
Hace un cuarto de siglo, un histórico acuerdo firmado en el Palacio de Itamaraty, en Brasilia, puso fin a varios años de diferencias fronterizas entre las repúblicas de Ecuador y de Perú. Conozca a continuación los pormenores de este trascendental documento.
El acta presidencial de Brasilia, firmada el 26 de octubre de 1998, marcó un hito en la historia de ambas naciones al resolver diferencias que les llevó a episodios bélicos en 1941 y 1995, debido a la falta de demarcación de 78 kilómetros de frontera mutua.
/MPG/ANDINA/
Cancillería aclara alerta emitida por la Embajada de EE.UU. en el Perú
El Ministerio de Relaciones Exteriores hizo unas precisiones respecto a la reciente alerta sobre “medidas de seguridad” emitida por la Embajada de los Estados Unidos de América en el Perú, ante las versiones que circulan en medios periodísticos.
En ese sentido, la Cancillería aclara que los Estados Unidos de América no ha variado el nivel de alerta que otorgó a nuestro país (nivel 2), desde mayo de 2023.
Este anuncio es solo una recomendación de carácter informativo que busca minimizar el riesgo de que los ciudadanos de dicho país sean víctimas de la delincuencia común.
Por lo tanto, no existe variación alguna de la calidad en medidas de seguridad y precaución recomendadas por los Estados Unidos de América a sus ciudadanos en el Perú.
/NDP/RH/
Adrianzén pidió a la población no realizar movilizaciones durante Semana de Líderes de APEC
El presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén, pidió que del 14 al 16 de noviembre –fechas de la Semana de Líderes de APEC Perú 2024– no se realicen marchas de protesta, en atención a la seguridad de los visitantes extranjeros que asistirán a dicha cita.
“Exhorto de la manera más fraterna a los manifestantes para que en esos tres días se abstengan de realizar marchas y protestas”, dijo el titular del Gabinete, en rueda de prensa efectuada en Ica. Esto permitirá “que nuestros visitantes puedan sentirse seguros”, manifestó.
Adrianzén consideró que “sería muy lamentable que en esos días demos un mal espectáculo, de conflicto”. Esto a razón de las declaraciones de dirigentes del sector transporte, que han señalado que evalúan realizar movilizaciones en las fechas mencionadas.
“Serán días en los que Perú será visto por todo el mundo”, manifestó el jefe del Gabinete Ministerial, quien recordó que en esos días vendrán al país los líderes de varias de las 21 economías más importantes del mundo.
Derecho a la protesta
Apuntó también que “el Gobierno respeta irrestrictamente el derecho a la protesta ciudadana” y consideró que en las más recientes jornadas convocadas para reclamar por la inseguridad que se vive en el país se vivió un clima de tranquilidad. “Los manifestantes tuvieron un comportamiento cívico muy correcto”, expresó.
Indicó que el Gobierno desarrolla acciones, pero que a veces sus esfuerzos se ven superados. “Tengan en consideración que la criminalidad es un fenómeno nuevo, que desborda en algunas ciudades la capacidad que tenemos”, indicó, cuando se le consultó sobre las ocho muertes por asesinato registradas en la víspera; algunas de ellas en localidades en emergencia.
Tras expresar sus condolencias a los deudos de los asesinados, Adrianzén dijo también que “debemos comprender que en Lima vivimos en una megalópolis, con 12 millones de personas y con una serie de conflictos e índices de criminalidad”. Afirmó que el Gobierno tiene el reto de enfrentar al crimen organizado en bandas de terroristas o narcotraficantes, por ejemplo, y también combatir a la criminalidad urbana, expresada en casos de extorsión y sicariato.
En ese sentido, lamentó que el Congreso no haya aprobado la propuesta de tipificar estos últimos ilícitos como terrorismo urbano ni aquella que establecía que los policías y militares que actuarán en zonas declaradas en emergencia solo podían ser juzgados en el fuero castrense y policial.
Indicó también que en breve se dará una legislación sobre el uso de motocicletas, prohibiendo que vaya sobre ellas más de un tripulante e identificando a los conductores con sus números de placa. También señaló que “dictarán medidas en materia migratoria sumamente estrictas”, exigiendo a los extranjeros documentos que demuestren que tienen una condición regular.
Esta rueda de prensa se efectuó luego de que Adrianzén inauguró el Módulo MAC de Ica. Este permitirá que se realicen en un mismo lugar más de 140 trámites administrativos, propios de 15 entidades públicas, indicó.
/ANDINA/PE/
Pedro Castillo seguirá en prisión preventiva en investigación por delito de rebelión
El expresidente Pedro Castillo Terrones seguirá cumpliendo prisión preventiva en la investigación por el presunto delito de rebelión, al haberse declarado infundado la revisión de oficio de la medida que pesa en su contra, informó el Poder Judicial.
En consecuencia, el juez Juan Carlos Checkley Soria, titular del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró vigente esta medida impuesta a pedido del Ministerio Público.
Esta misma sala ordenó el pasado 15 de diciembre prisión preventiva por 18 meses contra el expresidente Pedro Castillo, por el delito de rebelión.
Como se recuerda, el 7 de diciembre del 2022, mediante un mensaje a la Nación, el entonces mandatario Pedro Castillo ordenó el cierre del Congreso y la reorganización del Poder Judicial y el Ministerio Público, así como de otras instituciones autónomas.
Castillo enfrenta un pedido de 34 años de prisión por este delito, por el cual también son investigados los expresidentes del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, y Betssy Chávez.
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ratificó la resolución que ordenó 18 meses de prisión preventiva contra Castillo.
El expresidente, además, cumple otra orden de prisión preventiva por 36 meses, por el presunto delito de organización crimina en la investigación por los presuntos actos de corrupción en Petroperú y los ministerios de Transportes y Vivienda.
En esta investigación están comprendidos también el prófugo exministro de Transportes, Juan Silva Villegas, investigado por el presunto delito de organización criminal y otros, contra quien pesa también una orden de prisión preventiva por 36 meses.
/NDP/PE/
Poder Judicial precisa que arraigos no impiden dictar prisión preventiva
Un juez puede dictar medida de prisión preventiva contra un investigado cuando se advierta obstaculización de la justicia o peligro de fuga, aún cuando exista arraigo del investigado, se precisó desde el Poder Judicial.
El titular del Decimoquinto Juzgado de Investigación Preparatoria, Martín Méjico Leaño, sostuvo que el arraigo es un criterio importante que el juez debe analizar, pero no es el único a tomar en cuenta, dado que se debe hacer un análisis conjunto de todos los indicadores.
“A pesar de que una persona tenga arraigo domiciliario, familiar, trabajo, negocios, si se presentan otros indicadores que hagan prever el peligro procesal, se puede imponer la prisión preventiva”, afirmó.
En el análisis de la prisión preventiva, el requisito del peligro procesal es el más importante al momento de analizar la prisión preventiva. Se evalúa el peligro de fuga, regido por los criterios del arraigo del imputado, la gravedad de la pena, la magnitud del daño causado, el comportamiento del imputado o el peligro de obstaculización, que comprende la destrucción u ocultamiento de pruebas.
Los otros presupuestos que se evalúan son sospecha grave o alta probabilidad de la comisión de un hecho delictivo y prognosis de condena superior a los cinco años de pena privativa de libertad.
“La medida de prisión preventiva es la excepción de la excepción, porque la regla es que el investigado afronte el proceso en libertad y sólo cuando se cumplen determinados presupuestos se le imponga una medida coercitiva”, recalcó.
Además de la prisión preventiva, existen otras medidas coercitivas que interfieren en menor medida en el derecho fundamental a la libertad o derechos conexos.
La prisión preventiva solo procederá cuando las otras medidas resultan insuficientes para cautelar la finalidad del proceso, refirió el magistrado.
Evaluación de los plazos.
Méjico Leaño precisó que en cada caso se debe evaluar el plazo en función a la ley y al requerimiento de la Fiscalía: esto es, hasta 9 meses para un caso común, hasta 18 meses para casos complejos y hasta 36 meses para casos de organizaciones criminales.
“El juez puede establecer un plazo inferior; la evaluación está en función a determinados criterios, por ejemplo, la complejidad del hecho, número de investigados, agraviados, los delitos, las diligencias a realizar, las pericias, entre otros”, afirmó.
/NDP/PE/
Juez puede imponer prisión preventiva si se infiere peligro procesal
Durante el análisis de una solicitud de prisión preventiva, el juez debe comprobar el cumplimiento de los presupuestos para la asignación de la medida coercitiva y, aunque exista arraigo del investigado (sujeción a un lugar concreto), puede imponerla si se detecta peligro de fuga u obstaculización, así lo sostuvo el juez del 15° Juzgado de Investigación Preparatoria, Martín Méjico Leaño.
“El arraigo es un criterio importante que el juez debe analizar, pero no es el único, pues se debe realizar un análisis conjunto de todos los indicadores. Así, a pesar de que una persona tenga arraigo domiciliario, familiar, trabajo, negocios, pero se presentan otros indicadores que hagan prever el peligro procesal, se puede imponer la prisión preventiva”, afirmó.
Indicó que, en el análisis de la prisión preventiva, el peligro procesal es el requisito más importante: peligro de fuga (regido por los criterios del arraigo del imputado, la gravedad de la pena, la magnitud del daño causado, el comportamiento del imputado, entre otros) o el peligro de obstaculización (destrucción u ocultamiento de pruebas).
Debe señalarse que los otros presupuestos son: sospecha grave o alta probabilidad de la comisión de un hecho delictivo y prognosis de pena superior a los cinco años de pena privativa de libertad.
“La medida de prisión preventiva es la excepción de la excepción, porque la regla es que el investigado afronte el proceso en libertad y solo cuando se cumplen determinados presupuestos, se le imponga una medida coercitiva”, recalcó.
Aclaró, que además de la prisión preventiva, existen otras medidas coercitivas que interfieren en menor medida en el derecho fundamental a la libertad o derechos conexos; por ello, la prisión preventiva solo procederá cuando las otras medidas resultan insuficientes para cautelar la finalidad del proceso.
PLAZO
Méjico Leaño refirió que, en cada caso, se debe evaluar el plazo en función a la ley y al requerimiento de la Fiscalía: hasta 9 meses para un caso común, hasta 18 meses para casos complejos y hasta 36 meses para casos de organizaciones criminales.
“El juez puede establecer un plazo inferior; la evaluación está en función a determinados criterios, por ejemplo, la complejidad del hecho, número de investigados, agraviados, los delitos, las diligenciar a realizar, las pericias, entre otros”, afirmó.
MPG/NDP/